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Libro C: Purificaciones

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Libro M: Derecho Mercantil

Libro N: Manumisión

Libro Ñ: Patrimonio

Libro O: Derecho Penal

Libro P: Derecho Procesal

Libro Q: Derecho de Sucesiones

Libro R: Miscelánea

Libro S: Postfacio

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III


Índice

c1. Capítulo de lo que hace obligatorio el wuū' y el gusl.

c2. Capítulo sobre la pureza del agua, las ropas, el lugar de oración y la vestimenta admitida para rezar.

c3. Capítulo en el que se describe el wuû', sus sunnas, sus obligaciones y el aseo íntimo con agua y con piedras.

c4. Capítulo sobre el gusl.

c5. Capítulo sobre quien no encuentra agua y descripción del tayammum.

c6. Capítulo relativo a pasar la mano humeda (mas) sobre los calcetines de cuero (jūf).


c1 CAPÍTULO DE LO QUE HACE OBLIGATORIO

EL WUḌŪ’ Y EL GUSL

1. El wuḍū’ se hace obligatorio[1] cuando se emite[2] por uno de los dos conductos orina, heces, ventosidades[3] o el líquido preseminal[4] que sale del pene. Siendo en ese caso necesario lavarse[5] todo el pene.

2. El maḏy (fluido preseminal) se trata de una secreción blanca y fina que emana al obtenerse placer en la erección durante el juego o los pensamientos eróticos.

3. En cuanto al wady (fluido prostático), se trata de una secreción blanca y espesa que emana tras la orina. Su emisión entraña la misma obligación que la de la orina[6].

4. En cuanto al maniy (esperma)[7], se trata del líquido que brota durante el orgasmo que sigue al coito. Su olor es como el del polen de la palmera.

5. El líquido que emite la mujer es un líquido fino y amarillento que hace asimismo obligatoria la purificación[8].

6. Todo esto[9], al igual que la conclusión del período menstrual, hace obligatorio el lavado de todo el cuerpo.

7. La sangre que brota fuera del ciclo menstrual (istiḥāda) también hace obligatorio el wuḍū’[10].

8. Se recomienda[11] tanto a la mujer que tiene pérdidas de sangre fuera de la menstruación (mustaḥāda) como al que padece de incontinencia urinaria[12] (salis) que hagan wuḍū’ antes de cada oración.

9. Se hace obligatorio el wuḍū’ cuando se pierde la consciencia debido al sueño profundo[13], desvanecimiento, embriaguez o accesos epilépticos.

10. También se hace obligatorio el wuḍū’ cuando se acaricia[14], se roza con el cuerpo o se besa[15] buscando placer o se toca uno el pene[16].

11. Hay discrepancia en torno a si la mujer pierde el wuḍū’ al tocarse la vulva[17].

[Gusl]

12. Se hace obligatorio el gusl en los casos ya mencionados de emisión de esperma con orgasmo durante el sueño[18] o la vigilia, ya sea por parte del hombre como de la mujer[19]; cuando finaliza la menstruación; cuando se detiene la sangre de las pérdidas extramenstruales[20]; cuando se detiene la sangre del puerperio; y al introducir el glande en la vagina[21], aun sin que haya eyaculación.

13. La introducción del glande en la vagina[22] hace obligatorio el gusl, el castigo penal[23], el pago[24] de la dote, concede calidad de muḥṣan[25] a los cónyuges, hace lícita la mujer divorciada tres veces para quien la divorció e invalida la peregrinación y el ayuno.

14. Si la mujer comprueba que emite el flujo blanquecino o que está ya seca[26], hace el gusl en ese momento, aunque no hayan transcurrido más que un día o dos o apenas una hora[27]. Luego, si vuelve a emitir sangre o flujo amarillento o turbio, vuelve a dejar la oración. Si se vuelve a detener dicha emisión, hace gusl y vuelve a rezar.

15. Sin embargo, eso es considerado como una sola menstruación en lo referente a la cidda[28] y al istibrā’[29]. Pues en estos casos tiene que haber una distancia entre cada flujo de sangre de unos ocho o diez días[30] para ser consideradas menstruaciones distintas.

16. La mujer cuya menstruación se alargue traza como límite quince días[31], tras los cuales se considera como afectada por pérdidas extramenstruales (mustaḥāda), por lo que hará el gusl y podrá ayunar, rezar y mantener relaciones sexuales con su marido.

17. Al cesar la sangre del puerperio, por próximo que se halle al parto, la mujer deberá hacer el gusl y rezar. Sin embargo, si la hemorragia se alarga, esperará hasta que se cumplan sesenta días, tras los cuales hace el gusl y se considerará afectada por pérdidas extramenstruales (mustaḥāda), por lo que reza, ayuna y mantiene relaciones sexuales.


[1] Las condiciones de obligatoriedad del wuḍū’ son las siguientes: el ser musulmán, el haber alcanzado la pubertad, el estar en plenas facultades mentales, el hallarse limpia de la sangre menstrual y la del puerperio, el haber entrado el tiempo de la oración, el no hallarse ni distraído, ni dormido, el tener agua suficiente, el poder realizarlo.

Lo que hace obligatorio al wuḍū’ son dos cuestiones: actos y causas. Los actos son aquellos que anulan el wuḍū’ por sí mismos como, por ejemplo, la orina. Y las causas son aquellas que no anulan el wuḍū’ por sí mismas, sino por provocar los actos que lo anulan como: la pérdida de consciencia, el acariciar a quien se desea y el tocarse el pene.

[2] Esta emisión se refiere a la usual no a la provocada por una enfermedad como, por ejemplo, la incontinencia, ya que en ese caso el wuḍū’ no sería obligatorio.

[3] Las ventosidades vaginales no anulan el wuḍū’.

[4] En árabe "maḏy".

[5] Con intención.

[6] La emisión de orina y wady hacen obligatorio: el vaciado del conducto urinario (apretando suavemente con dos dedos desde la base del pene y empujando hacia afuera hasta desalojar lo que quede en el conducto), el lavar con agua la zona de salida del líquido y el wuḍū’.

[7] El autor menciona aquí la salida del esperma como si fuese una de las causa que hace obligatorio el wuḍū’; siendo así que la salida del esperma lo que hace obligatorio es el gusl. Sin embargo, si el esperma saliese por causas anormales, como por ejemplo sin que le acompañase placer alguno, entonces no habría que hacer más que el wuḍū’.

[8] La obligación a la que obliga el líquido femenino es el gusl. No es imprescindible que dicho líquido brote, sino que el solo hecho de que la mujer sienta que está emitiéndolo la obliga a que haga el gusl.

[9] Esto es: la eyaculación en el hombre y la emisión de fluido vaginal en la mujer.

[10] Cuando la mujer sufre pérdidas de sangre fuera del ciclo menstrual y a lo largo del día transcurre más tiempo seca que manchando, entonces el wuḍū’ se hace obligatorio. Ahora bien, si transcurre más tiempo o igual tiempo manchando que seca, entonces el wuḍū’ es tan sólo recomendable.

[11] Véase la nota anterior.

[12] Entran dentro de esta categoría, asimismo, los que sufren de otros tipos de incontinencia. Y ello siempre y cuando dicha incontinencia no tenga curación. Si tiene curación, entonces el wuḍū’ es obligatorio.

[13] El sueño profundo se refiere aquí al sueño en el que el durmiente pierde total consciencia de lo que ocurre a su alrededor, ya sea por un período corto o largo de tiempo. El sueño ligero, pues, sería aquel en el que el durmiente se da cuenta del menor ruido o movimiento que suceda a su alrededor. Ahora bien, cuando el sueño ligero es largo, se recomienda que se haga wuḍū’.

[14] Las caricias que anulan el wuḍū’ son aquellas que se hacen buscando placer, se encuentre o no dicho placer. Si no se han hecho buscando placer, pero se obtiene, también se ha de hacer wuḍū’. En cuanto a la persona acariciada, si obtiene placer, ha de hacer wuḍū’, aunque no lo buscase. Y si buscaba placer siendo acariciada, ha de hacer wuḍū’ aunque no hubiese obtenido placer.

[15] Sin embargo, la opinión más difundida (mašhūr) es que el beso en la boca anula el wuḍū’ se busque o no el placer, se obtenga o no.

[16] El wuḍū’ se anula si se toca el pene con la palma de la mano o la cara interna de los dedos y sin que medie tela alguna. El hecho de tocarse los testículos no anula el wuḍū’.

[17] La opinión más correcta, según la Mudawwana, es que no se anula el wuḍū’.

NOTA: Es motivo de anulación del wuḍū’ la apostasía (que Al·lāh nos libre de ella) y el hecho de dudar en si se ha cometido algún acto o causa que anule el wuḍū’, siempre y cuando dicha duda no embargue constantemente al individuo.

[18] En el caso del sueño, la emisión de esperma sin que vaya acompañada de orgasmo no exime de la obligatoriedad de hacer el gusl.

[19] Como es obvio, en el caso de la mujer, se trata del fluido que acompaña al orgasmo.

[20] Sin embargo, la opinión finalmente sostenida por Mālik y, por lo tanto, la que se ha de seguir es que el gusl en este caso es tan sólo recomendado.

[21] O en el ano. Ya sean en prácticas heterosexuales, homosexuales o bestialismo.

[22] O en el ano.

[23] Al cometer fornicación, adulterio o sodomía.

[24] Pago íntegro, ya que el mero hecho de formalizar el contrato obliga al pago de la mitad de la dote.

[25] Muḥsan es la cualidad jurídica que se adquiere al contraer matrimonio legalmente válido y consumirlo de forma igualmente válida. Esta cualidad es importante, en tanto en cuanto influye en el tipo de castigo penal se le aplica a la persona que cometa fornicación. Es asimismo importante saber que la cualidad de muḥsan, una vez adquirida, permanece en la persona a perpetuidad y no desaparece si la persona deja de estar casada, como mucha gente ignorante cree.

[26] Los síntomas de la finalización del ciclo menstrual son dos: el flujo blanquecino, que en algunas mujeres precede a la sequedad, o la sequedad propiamente dicha.

[27] Esto significa que no existe límite mínimo en lo que al ciclo menstrual se refiere. Si se menstrúa durante una sola hora y acto seguido desaparece la sangre, se hace gusl volviendo al estado normal. Sin embargo, sí existe un límite máximo que es de quince días.

[28] Período impuesto tras la ruptura del lazo conyugal durante el cual la mujer no puede casarse hasta que no se compruebe la vacuidad del útero.

[29] Período de abstención de relaciones sexuales con el fin de comprobar la vacuidad del útero.

[30] Sin embargo, la opinión mas difundida es que ha de haber una distancia mínima de quince días entre sangre y sangre.

[31] Este es el caso de la principiante. En el caso de la que ya conoce el número habitual de días que dura su período, lo que hace es añadir tres días al número habitual de días que suele durar su período, sin que ello llegue nunca a superar los quince días.

Centro de Estudio y Difusión de la Vía Tiŷāniyya